Preguntas frecuentes
1. ¿A quiénes obliga esta nueva ley en el sector de la construcción?
A toda la cadena de valor, pero con especial énfasis en productores e importadores de materiales (cemento, acero, vidrio, plásticos, etc.) y a las empresas que generan grandes volúmenes de residuos. La ley establece la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), lo que significa que quien fabrica o introduce un producto al mercado es responsable de su ciclo de vida completo.
2. ¿Qué es el “Registro de Economía Circular” y debo inscribirme?
Es un padrón oficial gestionado por la SEMARNAT. Si tu empresa pertenece a un sector económico que ya tiene un Acuerdo General de Implementación, la inscripción es obligatoria. El registro servirá para validar que tu empresa cuenta con un plan de Gestión Circular activo.
Si tienes duda, acércate con algún miembro disponible del Instituto.
3. ¿Mi obra puede ser sancionada si no la reciclo?
La ley establece sanciones administrativas (Art. 44-46) por incumplimiento de los planes de gestión y por el uso de información falsa sobre la “circularidad” de tus procesos. Sin embargo, la ley es gradual, lo que permite a las PyMEs adaptarse a los nuevos criterios de trazabilidad y aprovechamiento de residuos antes de recibir penalizaciones severas.
Desde el ICC, trabajamos todos los días para que proyectos de nuestra industria sean aceptados con el punto verde, desde el diseño hasta el último momento de vida de los recursos, contactanos.
4. ¿Qué beneficios obtengo al cumplir con la LGEC?
Más allá del cumplimiento legal, la ley abre puertas estratégicas:
- Estímulos Fiscales: El título tercero prevé instrumentos económicos y beneficios fiscales para empresas que demuestren circularidad.
- Distintivo Nacional: Podrás usar el sello oficial en tus materiales o proyectos, lo cual es una ventaja competitiva enorme en licitaciones públicas y privadas.
- Eficiencia de Costos: Al reducir el desperdicio y reintegrar materiales, optimizas tu gasto en insumos vírgenes.
Pensamos verde, pensamos circular.
5. ¿Qué pasa si no puedo recuperar mis residuos directamente?
La ley permite el Cumplimiento Indirecto. Si por la naturaleza de tu obra o producto no puedes recuperar los materiales, puedes aplicar medidas de compensación ambiental, como la compra de bonos verdes, créditos de carbono o proyectos de restauración ecológica certificados.
Puedes acercarte ahora con la directora del instituto para que sepas más de este tema.
6. ¿Cuándo entra en vigor el Reglamento detallado?
El Reglamento, que especificará los procedimientos técnicos y requisitos de auditoría, debe publicarse a más tardar en julio de 2026. En el Instituto recomendamos iniciar la transición hoy mismo mediante una Auditoría Ambiental Voluntaria para detectar áreas de mejora.
¿No sabes por dónde iniciar? contáctanos y podremos orientarte.
¿Cómo podemos ayudarte desde el Instituto?
Podemos asesorarte, informarte, y llevarte por el camino de la información verificada, además puedes unirte al voluntariado de pertenencia de este instituto para capacitarte, y ser parte de las mentes que ya piensan circular y verde.
Además, contamos con una lista de proveedores de estos servicios oficiales, para que puedas asegurarte del cumplimiento de la mano de empresas certificadas y avaladas por las nuevas normas.
